La directora de Corporinoquia, Martha Plazas Roa, calificó como desafortunado y desajustado el informe que presentara la procuraduría ambiental y agraria en el seguimiento a la situación del río Cravo Sur en el sector del casco urbano de Yopal.
Allí básicamente cuestionan su rol como autoridad ambiental en el seguimiento y control a los proyectos mineros o extractoras y trituradores de material de río, y el paso subfluvial del gasoducto de Yopal, porque según la procuraduría podrían estar causando desvíos del cauce del río.
Ante estas observaciones, la directora Plazas Roa y sus sub directores manifestaron que han estado atentos al control y seguimiento que se debe hacer en la zona con el fin de evitar los impactos ambientales, que repercutan en la calidad ambiental de la fuente hídrica o, en su defecto, en el bienestar de la comunidad.
Recordaron que en compañía de la misma Procuraduría delegada para asuntos ambientales, la comunidad y entes territoriales, realizaron un recorrido por el río durante dos días, donde se observaron actividades de la empresa MEYAN S.A., relacionadas directamente con el método de explotación continuo, el cual debe tener un margen de protección entre la lámina de agua y el playón de explotación; a su vez, se evidenciaron las actividades que fueron realizadas por la empresa Perenco para el proyecto gasoducto EPF Floreña – City Gate.
Sobre el primer asunto, advirtieron que no se licenció ninguna construcción de un jarillón permanente y la barrera que cuestiona la procuraduría como este tipo de construcción es solo una característica de la explotación de cantera, la cual es una técnica validada y cuyas licencias son dadas por la autoridad minera nacional.
Dijeron que hay cinco proyectos mineros que actualmente se desarrollan sobre el río Cravo Sur: Petroriente, Agregados Crasurca S.A., Meyan S.A., Maboh Ltda e Indemac S.A.S., y que en los controles y seguimientos, realizados anualmente, se establecen requerimientos u obligaciones relacionados con la licencia ambiental otorgada, que incluyen las medidas de mitigación ambiental, a que haya lugar, de acuerdo a lo evidenciado en cada visita y a los informes de cumplimiento ambiental que presentan a la Corporación cada seis meses.
En cuanto a la ocupación de cauce para la atención al gasoducto EPF Floreña – City Gate, de la empresa Perenco, desde el año 2008 Corporinoquia ha evaluado las actividades y obras a ejecutar en el cauce del río Cravo Sur para el reacondicionamiento del gasoducto, derivadas en la construcción de un jarillón para la intervención temporal del cauce, con el fin de realizar el mantenimiento del gasoducto del cruce subfluvial con el río Cravo Sur.
En los años 2016 y 2017, se otorgaron permisos para la ocupación de cauce por emergencia con el fin de mitigar la condición de riesgo por exposición de la tubería del gasoducto Floreña – Yopal sobre el río Cravo Sur, el primero desarrollado en la margen izquierda del río Cravo Sur y el segundo en la margen derecha, razón por la cual se construyó un jarillo temporal y un muro en piedra zonga para la protección del talud izquierdo del Rio Cravo Sur.
Dichos permisos, manifiestan, siempre se dieron amparados en lo establecido legalmente para obras relacionadas con situación de Urgencia Manifiesta del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo y, en todo caso, se requirió a Perenco realizar una correcta planificación de actividades a realizar sobre esta fuente hídrica; a su vez, se ordenó que los trabajos de profundización de la tubería se realizaran mediante sistemas de perforación dirigida, ya que estos generan menor impacto ambiental y no requieren cambios de las características hídricas del cauce.
Finalmente anunciaron que están elaborando un informe técnico para exigir de la procuraduría ambiental la rectificación de este informe, el cual hace parte de una veeduría ciudadana a una acción popular.
