Oromairo Avella Ballesteros, solicitó la pérdida de investidura contra los concejales Laura Lizeth Barrera Estrada y Jesús Alberto Vega Hernández, del municipio de Yopal, por presunto conflicto de intereses e intervenir en el trámite del proyecto de acuerdo No 029 de 2021, después de que fueron recusados.
El Tribunal Administrativo de Casanare, ultimó que de ninguna manera el proyecto de acuerdo benefició directamente a los concejales demandados, lo que excluye el conflicto de intereses, pues se trató de un acto regla, impersonal y abstracto, donde se creó Instituto Financiero Empresarial de Yopal EICE -IFEY, cuyas actividades se proyectan sobre toda la comunidad del municipio de Yopal y no solo sobre los demandados.


Además explicó “que, en atención al objeto de la empresa que se autorizó crear: “promover el desarrollo económico y social”, resulta normal que se haya preparado el respectivo proyecto para su creación en la Secretaría de Desarrollo Económico, Medio Amiente y Turismo de Yopal y que su el titular lo haya sustentado ante la plenaria del concejo, de lo cual tampoco se deriva beneficio o provecho directo o indirecto a favor de los demandados o el pariente de la señora Barrera, pues la empresa por crear tenía como finalidad la reactivación económica, fortaleciendo las condiciones económicas y sociales de la comunidad yopaleña y no de una persona en particular”.
También decantó que “para dirigir el Instituto Financiero Empresarial de Yopal EICE -IFEY- fue posteriormente nombrado el señor Barrera Cabrera, primo de la concejal Barrera, esa decisión no la tomaron los demandados, no era de su resorte; la tomó el nominador, esto es, el alcalde local. Y se trató finalmente de un hecho que no precedió, ni era actual ni inminente en la época en que se discutió ese proyecto de autorizaciones para crearlo; ni se ha demostrado que estuviera previsto, acordado o preordenado, desde entonces que la autorización y la creación de la EICE tenía como objetivo prevalente, abrir una plaza para nombrar director al consanguíneo de la concejal Laura Barrera.


Concluyendo, que no se encontró acreditada la causal de pérdida de investidura por conflicto de intereses, por ninguno de los cargos, de manera que se negó las pretensiones, pues las glosas relativas a presunta maniobra irregular, constituida por la denuncia penal, para demorar la suerte del proyecto de acuerdo 029 de 2021, son apenas especulativas.

Por lo que el Tribunal Administrativo en su fallo denegó la solicitud de desinvestidura de Laura Lizeth Barrera Estrada y Jesús Alberto Vega Hernández, concejales del municipio de Yopal.

