Los beneficios se dan en razón a la situación económica derivada de la pandemia.
La gerente del IFC, María Nidian Larrota, explicó que se trata de dos acuerdos, el 004 y 005 por medio de los cuales la Junta Directiva de la entidad autorizó implementar estos mecanismos especiales, que aplican para obligaciones comerciales y de fomento.
El Acuerdo No. 004 autoriza normalizar obligaciones que se encuentren en cobro administrativo y pre jurídico para los créditos comerciales y de fomento, esto permitirá prorrogar hasta por seis meses las cuotas de los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2020.
Estas cuotas se trasladarán al final del plan de pagos de la obligación.
Requisitos:
No presentar vencimiento antes del mes de marzo de 2020.
Las cuotas a prorrogar se trasladarán con valor de intereses corrientes y se ajustará el valor de los seguros pactados.
Plazo máximo para presentar su solicitud hasta el 30 de agosto de 2020.
Este beneficio se otorgará por única vez y no podrán acceder a él las obligaciones a las cuales ya se les haya aprobado prorroga por 2 o más cuotas.
Los usuarios de crédito del IFC que deseen acceder a este beneficio, deberán presentar solicitud por escrito radicada por ventanilla en las oficinas del IFC o al correo cartera@ifc.gov.co. La aprobación estará sujeta al cumplimiento de los requisitos exigidos en el Acuerdo 004 de 2020, y su incumplimiento exime al IFC de su aprobación.
La segunda alternativa es el acuerdo No. 005 autoriza sanear obligaciones comerciales y de fomento que se encuentran en vía judicial o cobro jurídico, en este caso se concederá rebaja de hasta el 70% de intereses moratorios de la obligación al usuario que suscriba acuerdo de pago y realice un pago único del capital, el pago de los intereses corrientes y el pago de mínimo el 30% de los intereses de mora.
Otra opción permite a usuario suscribir un acuerdo de pago y realizar tres pagos bimensuales de capital, pago de los intereses corrientes y el pago de mínimo el 50% de los intereses de mora, en esta modalidad se concederá rebaja de hasta el 50% de los intereses moratorios de la obligación.
Los usuarios que deseen acceder a este beneficio deberán presentar solicitud por escrito radicada por ventanilla en las oficinas del IFC, en el horario de atención de ocho a doce del día, o enviándola al correo cartera@ifc.gov.co para su estudio y posible aprobación, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos.
