Para el próximo 5 de junio fue fijada audiencia para definir si se concede o no libertad por vencimiento de términos al alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres Torres dentro del proceso de lavado de activos agravado y enriquecimiento ilícito, en el juzgado 81 Penal de Garantías de Bogotá.
Esta será la segunda audiencia que se realizará en torno al tema luego de que el pasado 9 de mayo el juez negara la libertad del preso alcalde porque no se habían cumplido los 240 días de privación de la libertad reglamentarios que exige la norma, para dejarlo libre sino solamente 204 días, faltándole 36 días para que se diera la figura de vencimiento de términos.
En su momento el juez expresó que la defensa de Torres Torres podía solicitar esta audiencia a partir del 14 de junio. Y aquí se genera el interrogante de por qué se da la anticipación de la fijación de la nueva audiencia.
Torres Torres cumpliría el próximo 8 de junio 11 meses de prisión y hasta el momento su proceso no ha llegado a la etapa de juicio oral. Sin embargo, el Juzgado Único Penal Especializado de Yopal fijó para el 9 de junio la audiencia preparatoria. De postergarse esta, existe gran posibilidad de que el alcalde pueda salir libre.
De otra parte, se conoció que la audiencia solicitada por la Fiscalía para pedir la prórroga de la medida de aseguramiento de Torres Torres y que estaba prevista para el pasado 25 de mayo fue cancelada porque no hubo remisión del preso y el juzgado fijo la fijo para el 26 de julio.
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p style=»text-align: justify;»>Contexto
En la audiencia realizada el 9 de mayo en el Juzgado 81 Penal de Control de Garantías el juez consideró que a pesar de que ya se cumplieron 305 días calendario de la medida de aseguramiento aún no se configura el vencimiento de términos por cuanto los 101 días que se tomó resolver el tema de la nulidad de todo el proceso se descontaron. Inicialmente el 24 de noviembre el Juzgado Único Penal Especializado de Yopal falló a favor de Torres la nulidad del proceso; la fiscalía apeló inmediatamente y el 25 de enero el Tribunal Superior de Yopal se pronunció revocando la nulidad.
Al hacer sumas y restas el Juez encontró que para el vencimiento de términos solo se han cumplido 204 días y por tanto faltan 36 días más.
