Juzgado Segundo Administrativo de Yopal negó solicitud de medida cautelar de suspensión de los actos administrativos que dieron vida al contrato de concesión de los servicios de tránsito, incluidas las fotomultas.
Los demandantes de esta acción de nulidad simple, el exconcejal Leonardo Puentes y los actuales concejales Heyder Silva y César Ortiz pretendían la suspensión provisional del contrato 1048 de 2014 que materializó el acuerdo 023 de 2013 que implementó la imposición de fotomultas, entre otros aspectos por considerar que se violó el debido proceso en su aprobación y autorización además de generar perjuicios económicos a las finanzas públicas y de los habitantes de Yopal.
Frente al argumento de que la Alcaldía y el Concejo de Yopal omitieron la obligación de que el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, emitiera concepto previo y favorable sobre el impacto fiscal de la autorización otorgada en el acuerdo en mención, el Juzgado consideró que al no comprometerse vigencias futuras ordinarias o excepcionales no se afectaban las finanzas del municipio, y que la concesión no iba a afectar los recursos actuales o futuros del municipio sino por el contrario va a generar nuevos ingresos.
Igualmente explica que lo autorizado por el Concejo fue la suscripción de un contrato de concesión regulado por normas de derecho público que no pueden ser analizados mediante el mecanismo de nulidad.
Sin embargo, el Juez 2° Administrativo Libier Aníbal Acosta expresó que a pesar de negarse la medida cautelar frente a otros sucesos ventilados se analizarán para dictarse sentencia de fondo.
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/2255473/13485305/85001333300220160008700.PDF
