Ayer el Tribunal Administro de Casanare modificó la medida cautelar que tenía suspendido la actividad de exploración y producción de hidrocarburos en el pozo 1 de la plataforma Prosperidad, del Bloque el Portón, por considerar que ya fue superada la indeterminación e incertidumbre de posibles afectaciones al manto acuífero subterráneo del que se sirven los pozos de abastecimiento de agua para el municipio de Yopal y su recarga hídrica; a la vez determinó levantar la medida cautelar correspondiente al perímetro de DMI (Distrito de Manejo Integrado) El Tinije, debido a que éste se encuentra por fuera del área correspondiente al Bloque el Portón proyecto petrolero que generó este litigio y por último la corporación consideró que no podía revocar la medida cautelar frente al proceso de “El Portón” porque ésta misma está siendo revisada por el Consejo de Estado.
La medida cautelar fue impuesta el año pasado y determinaba que se debía suspender las actividades de exploración de la plataforma prosperidad y perforación del primer pozo exploratorio, por considerar que existían incertidumbres y dudas de carácter técnico y probatorio para el desarrollo de este.
Sin embargo dentro del proceso y en audiencias de pruebas promovidas por Corporinoquia, Luis Arturo Ramírez Roa y numerosos intervinientes, se escucharon 14 testimonios, entre ellos ingenieros hidrólogos, geólogos y de otras disciplinas del área socio económico del proyecto. Aclaró también que lo que está en discusión desde inicios del año pasado es “la realización de una actividad exploratoria del bloque el Portón que abarca 44 mil hectáreas aproximadamente la mayor parte en Yopal y otra en aguazul y específicamente la realización de la actividad exploratoria en una plataforma que las empresas operadoras denominan Prosperidad y la perforación del primer pozo exploratorio” que este es el alcance real del debate “ya que todavía no hay licencia, ni explotación o desarrollo del pozo”
Y que las partes durante todo este tiempo han realizado mesas técnicas donde se pusieron de acuerdo con los operadores para introducir unas variables de reforzamiento de las medidas de prevención, de las cuales tres son las más destacadas, entre ellas esta, la red de monitoreo ampliada para fortalecer la capacidad técnica de detección temprana de eventuales afectaciones del manto acuífero subterráneo del que se surte el acueducto de Yopal y múltiples usuarios en la zona rural”
“Una estrategia de diseño mecánico de pozo con cuatro revestimientos sucesivos de adentro hacia fuera en aceros y concretos que según la presentación que han hecho los expertos tiene la capacidad de blindar el proceso de perforación exploratoria para no afectar el acuífero del que se sirven todos los usuarios, conocido como abanico Yopal y uno más profundo denominado guayabo del que hay una capa superior de donde se extrae el agua y por ultimo un pozo de observación profundo que le permitiría a las autoridades ambientales y a todos los interesados incluido el Servicio Geológico Colombiano detectar que está pasando en ese manto acuífero del subsuelo.
Por lo que se ha superado la indeterminación e incertidumbre de posibles afectaciones al manto acuífero y se determinó el levantamiento y la modificación de la medida cautelar.
Lea aquí el Auto de 8 de marzo de 2018. 2017-00065-00 M. C. AUTO 8 MAR 2018 .PDF
