La gerente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Ceiba, Clarena López Anaya, habría cometido una falta gravísima y a título de dolo al convocar una reunión para cambiar miembros de Junta Directiva sin convocar al presidente de la misma, incluso desconociendo su autoridad y desalojándolo del recinto en donde sesionaban.
Contacto Noticias de la emisora Violeta Stereo conoció el documento mediante el cual la procuradora regional de Casanare, Ana Rosa Celis Arias, decidió desde el pasado 20 de diciembre no aceptar el impedimento planteado por el contratista Oromairo Avella Chaparro y la gerente de la entidad Clarena López Anaya. Lo que más llama la atención en el actual contexto de la confrontación que tienen estos dos con el alcalde Leonardo Puentes, es que la funcionaria cuestionada insistiera en que no es presidente de la Junta Directiva, cuando en realidad goza de plenas facultades.
Si se tiene en cuenta que ya había transcurrido un mes desde el pronunciamiento de la procuradora y en el mismo ordena “disponer que por secretaría se hagan las comunicaciones y anotaciones de rigor”, López Anaya para ese día debía tener pleno conocimiento de que estaba falseando la realidad.
Actuación que podría considerarse como la configuración de unas faltas gravísimas a título de dolo pues negó que se tratara de una sesión de Junta Directiva cuando en efecto se iban a tratar de asuntos de esa instancia decisoria; de otra parte la no convocatoria a quien la preside y, más grave aún, que le diera un portazo en la cara y lo dejara por fuera, amén de enfrentarse a su superior jerárquico de manera abiertamente desafiante.
Abogados consultados por este medio de comunicación incluso argumentan que se han configurado las causales necesarias para que el mandatario municipal la declare insubsistente y compulse copias a los entes de control, para que se le investigue, sin importar que la administración pública esté inmersa en la Ley de Garantías Electorales pues esta no puede ser una patente de corso para transgredir todos los principios de transparencia y las leyes.
Por qué no funcionó la recusación
Para la procuradora regional no existe causal de recusación toda vez que la demanda que en su momento instauró el ciudadano Leonardo Puentes junto con otros en contra de Ceiba, no se dio en un interés particular, personal, sino de prevenir un daño colectivo.
