Según el gobierno nacional la ley 1849 de 2017 promete acelerar los procesos de extinción de dominio, incentiva la denuncia ciudadana y permite usar mejor los bienes afectados; esta ley fue impulsada por la Fiscalía General, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Hacienda, a través de la SAE, y busca dar mayor dinámica al Código de Extinción de Dominio.
Ayer viernes Presidencia de la República promulgó esta ley, que se caracteriza porque genera nuevas herramientas al Código de Extinción de Dominio para combatir al crimen organizado, el narcotráfico y a los corruptos; debido a que la nueva norma acelera los procesos, incentiva la denuncia ciudadana y permite darle mejor uso a los bienes afectados. Su finalidad perseguir el dinero de las organizaciones criminales.
Un primer aspecto de los cambios introducidos en la normatividad es que se aceleran los procesos de extinción, porque se eliminan los 75 días correspondientes a la fase de fijación provisional de la pretensión del proceso. Además, se garantiza, que “el juez que esté llevando el caso cuente con la experiencia en este tema” y el togado si no puede hacer la notificación personal al demandado, lo podrá notificar mediante un aviso.
También se recompensará a los ciudadanos con procesos en curso que informen sobre la existencia de bienes de su propiedad o ajenos sujetos de extinción de dominio, estructuras criminales y redes de testaferrato.
Para lo cual se dispondrá de recompensas y estas serán equivalentes al 5 por ciento del valor de la venta del bien y que el límite será de 2.500 smlv. Igualmente, habrá beneficios para quienes confiesen voluntariamente sus bienes sujetos de extinción de dominio.
Un tercer aspecto de la nueva normativa es que permitirá darle mejor uso a los bienes afectados por la extinción de dominio, en esta área el Estado podrá hacer uso temprano de los bienes: podrá distribuirlos, demolerlos o chatarrizarlos; tal uso temprano se aplicará cuando, por ejemplo, “representen un peligro para el medio ambiente, amenacen ruina, pérdida o deterioro, o estén generando un costo desproporcionado al Estado”.
La decisión sobre el uso temprano del bien corresponderá al comité integrado por la Presidencia y los Ministros de Hacienda y Justicia.
Y especificó que “ese comité trabajará de la mano de la recién creada Comisión Intersectorial de Extinción de Dominio, que va a solucionar cuellos de botella de los procesos y la administración de bienes”.
En cuanto a la Sociedad de Activos Especiales (SAE), la cual depende del Ministerio de Hacienda podrá ejercer las funciones de Policía para recuperar los bienes cuando sea menester. Con relación a los predios rurales afectados por extinción de dominio pasará a la Unidad de Tierras y del Fondo Nacional de Tierras.
Distribución de recursos
Los recursos del fondo de la SAE se mantendrán el 25 por ciento para Rama Judicial y el 25 por ciento para la Fiscalía General, que “ya no dependerá del Ministerio de Hacienda para ser ejecutado”. Añadió que el 50 por ciento restante se destinará así: 10 porciento a la Policía Nacional para potenciar las investigaciones de la policía judicial y el 40 por ciento restante para fortalecer la infraestructura penitenciaria y carcelaria, entre otros destinatarios.
Una de las características llamativas de la normativa es que “los encargados de la administración de los bienes van a asumir la responsabilidad por su cuidado correcto, se espera así que los bienes no se pierdan, no se dañen, no se deterioren.
