Fallo de segunda instancia revocó decisión que tutelaba el debido proceso a la Alcaldía de Yopal en relación a indebido cobro coactivo que realizó la Eaaay en relación al pago de subsidios de los estratos 1, 2 y 3 de servicios de acueducto, alcantarillado y aseo de Yopal.
El Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes revocó el fallo proferido por el Juzgado Segundo Penal para adolescentes el 18 de abril de 2017 en la acción de tutela interpuesta por la alcaldía de Yopal contra la Eaaay y en la que se suspendía el embargo de cuentas por el no pago de los subsidios pendientes de años anteriores.
En este nuevo fallo se expresa que la Eaaay no violó el debido proceso en el cobro coactivo y dejó en firme las medidas cautelares de embargo de las cuentas mientras se hace efectivo el pago pendiente.
