El señor José Ulises Sanabria Hernández, de 65 años de edad, residente en Torres de San Marcos de Yopal, afiliado a CAPRESOCA EPS, régimen subsidiado, diabético y víctima del conflicto armado, le tocó tutelar para poder demostrar que él no es digno de los 70, 63 puntos que le dio el SISBEN, puntaje que lo excluye de cualquier ayuda humanitaria.
El Juzgado Primero Penal Municipal Para Adolescentes Con Función de Control de Garantías Yopal, fue quien administró justicia y determinó que sí se le había vulnerado los derechos fundamentales a la vida, al mínimo vital, a la dignidad humana y a la salud de Sanabria Hernández por parte del Municipio De Yopal, Secretaría De Acción Social Y el SISBEN, razón por la que accedió a ampararle dichos derechos.
Resolviendo que el Municipio De Yopal- Secretaría De Acción Social, a través de la Dra. Silvia Catalina Vega Calderón, Secretaria de Acción Social y/o quien la reemplace, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes proceda a incluir al señor Sanabria Hernández, en la lista de personas beneficiarias de las ayudas humanitarias concerniente a la entrega de mercados y dentro del mismo término proceda a hacer la entrega efectiva de los mismos.
Medida que deberá hacerse efectiva las veces que sea necesario durante el tiempo que se mantengan las medidas de cuarentena preventiva con ocasión de la emergencia sanitaria por el COVID-19, siempre que no se acredite que el accionante ingresó a algún programa que le otorgue un subsidio de sostenimiento.
Pero también determinó que el Municipio De Yopal, la Oficina Asesora De Planeación y el SISBEN, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes proceda efectuar una nueva encuesta al señor Sanabria Hernández. A fin de establecer el puntaje que le corresponde según los datos detalladamente recolectados por el ente territorial. El juzgado determinó que, si esta decisión no es impugnada, por Secretaría se enviara el expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión.
