En un auto admisorio de una acción de tutela, el juzgado primero de familia le ordenó a la Contraloría Departamental de Casanare que le conceda a una de sus funcionarias las vacaciones que ha solicitado desde hace un tiempo y cuya solicitud no ha sido resuelta.
La funcionaria calculó tiempo laborado y observó que ya había cumplido con el servicio y los requisitos necesarios para solicitar su periodo de vacaciones. Programó entonces su participación en un evento académico de alto nivel para profesionales del derecho y decidió repartir su tiempo de descanso entre esta actividad y la realización del sueño de su hija de conocer el mar.
Era el plan perfecto, como quiera que estas dos metas las podría alcanzar en el lugar de coincidencia: San Andrés.
Contenta, solicitó la autorización de vacaciones al contralor departamental de Casanare, Antonio José Ortega, quien plasmó en el documento un visto bueno y lo pasó a su vice contralor. No sucedió nada más, vino el silencio y la funcionaria quedó en vilo.
Pasado un tiempo y en la medida en que se acercaba la fecha del evento académico, insistió sin obtener respuesta alguna. La angustia le hizo pensar en una medida excepcional y decidió presentar una acción de tutela.
Ahora, el juez primero de familia Néstor Alirio Cuellar Blanco le ha ordenado a la Contraloría que en el término de 48 horas expida y comunique el acto administrativo de concesión de vacaciones a la accionante, dentro de los extremos temporales solicitados. Es decir, en las fechas en las que la empleada programó sus actividades de descanso.
Entre tanto, fuentes del ámbito jurídico manifiestan que es este el reflejo de un ambiente en el que no resaltan las mejores de las relaciones entre las directivas de la contraloría y sus subalternos y que no es la primera vez en la que los subordinados deben acudir a mecanismos excepcionales para que se garanticen sus derechos.
