Acción Popular en contra del Ministerio de Medio Ambiente, Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –A.N.L.A.-, Contraloría General de la Republica y Corporinoquia, busca la liquidación posible de los pasivos ambientales en más de 300 licencias ambientales ordinarias y otras globales en el sector de hidrocarburos en el departamento de Casanare.
El objetivo de esta demanda, es que el gobierno y sus agencias de acuerdo a sus competencias hagan el seguimiento, control y vigilancia de los impactos por captación de aguas superficiales o subterráneas, la obligación forzosa del 1% con base en el Decreto 1900 de 2006, que estableció las compensaciones ambientales que debían pagar por cambio de uso del suelo, y afines a todas las licencias y permisos de los proyectos petroleros establecidos en el departamento de Casanare.
Los demandantes, Jaime Ortiz y Oscar Morantes, revelan que el mapa de tierras de la ANH, muestra que más del 80% del territorio del Departamento de Casanare está contratado, concesionado y/o licenciado a favor y por cuenta de las actividades de la industria petrolera. Esto implica un impacto ambiental grande, sumado a posibles incumplimientos de las obligaciones adquiridas, y mencionadas hasta el cansancio, en las Licencias Ambientales, objeto de la presente demanda.
Llama la atención que los demandantes pretenden que se revise y se ordene el cumplimiento de las obligaciones aprobadas, autorizadas y liquidadas de cada Licencia Ambiental Ordinaria, Licencia Ambiental Global, Plan de Manejo Ambiental –PMA- (cuando aún no se exigía licencia ambiental), Medidas de Manejo Ambiental para Sísmica, Plan de Manejo Específico –PME- para cada pozo, en su totalidad, o en caso de haberse diferido establecer el estado de las mismas.
De esa misma forma confrontar dicha información entre todos los accionados, para que las actividades ejecutadas, en ejecución o por ejecutar y que corresponden al 1% obligatorio se revisen si ya fueron o están siendo realizadas, describiendo lugar, actividad, documentos soportes del cumplimiento, naturaleza y origen de la obligación es decir si es de un PMA, de un PME, una Licencia Ambiental Ordinaria, Licencia Ambiental Global, para que se pueda comparar con el listado de las actividades inicialmente propuestas en los estudios de licenciamiento y verificación en campo y con las comunidades por parte del Comité que se nombre para tal fin.
También exhortan que sea la Contraloría General de la Republica, CGR, quien cuantifique y recupere los recursos económicos debidamente indexados, que las accionadas debieron hacer pagar, y que dolosamente por negligencia o por omisión, patrocinada por actas o convenios entre las Empresas y Operadoras con la Gobernación de Casanare, Alcaldías Municipales del Departamento y la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia se omitieron.
Por ahora fue radicada esta ambiciosa Acción Popular que intenta recuperar esa memoria histórica de la vida productiva de los distintos proyectos de hidrocarburos y sus múltiples fases con un valor agregado que es permitir conocer a ciencia cierta el reporte o certificación de todas y cada una de las inversiones ejecutadas antes, durante y después de la obtención de la Licencia Ambiental, liquidadas y pagadas efectivamente por las Operadoras o Empresas Petroleras.
