La empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal fue sancionada por la Superintendencia de Servicios Públicos, por no cumplir con las especificaciones y condiciones operativas relacionadas con el cubrimiento diario de los residuos sólidos, expuestos en el relleno El Cascajar durante largos periodos en la vigencia de 2015.
Según la Súper Servicios en su momento hubo falta de control de vectores, roedores y lixiviados, situación que afectó negativamente la calidad del servicio de aseo en su componente de disposición final.
Esta conducta permisiva de la EAAAY, habría posibilitado la aparición de insectos, roedores, gallinazos entre otros, en el relleno, representando un riesgo para las comunidades aledañas al mismo y para los empleados de la propia empresa, que tenían diariamente que soportar estas condiciones laborales. Situación, según la Superintendencia, tuvo una duración de al menos cinco meses, entre junio y diciembre de 2015.
En consecuencia Súper Servicios decidió sancionar a la EAAAY con una multa a favor de la Nación, por la suma de doscientos noventa y tres millones setecientos cuarenta y seis mil novecientos dos pesos, $293.764.992, equivalentes a trescientos setenta y seis salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Según la entidad en su momento se notificó a la agente interventora, Luz Amanda Camacho Sánchez, en calidad de representante legal de la EAAAY, quien tuvo 10 días hábiles siguientes a la notificación, para interponer recurso de reposición ante el superintendente delegado para acueducto, alcantarillado y aseo.
La resolución por la cual se impuso dicha sanción es la No 20184400097775 de julio 23 de 2018. Ante esta situación y cuando aún estaba Camacho Sánchez como agente interventora, surgieron cuestionamientos a la propia Súper Servicios, acerca de su responsabilidad en este caso, toda vez que esa entidad del orden nacional tiene intervenida la EAAAY e impone a los agentes interventores que la administran.
De otra parte tampoco la EAAAY ha socializado mayor información acerca del recurso de reposición al cual tiene derecho, ante el superintendente delegado para acueducto, alcantarillado y aseo.
Se desconoce si efectivamente se interpuso dicho recurso y cuáles fueron sus resultados.
