La norma prevé, entre otros aspectos, amnistía para casi un millón de remisos, garantía de cupos en el SENA, reducción del servicio de 24 a 18 meses, máxima edad para prestar servicio 24 años, y límite a la cuota de compensación militar.
Presidencia de la Republica sanciono ayer viernes 4 de agosto la Ley de Reclutamiento que contiene beneficios, prerrogativas e incentivos para los jóvenes colombianos, y que, además, actualiza una normativa elaborada hace 24 años.
“Los reservistas de primera clase podrán acceder a cualquier programa que deseen de formación técnica o tecnológica; y podrán estudiar durante la prestación de su servicio militar, o después de acabarlo. reza la nueva ley, Por lo tanto, más de 90 mil reservistas podrían acceder cada año a este beneficio. Igualmente, desde la expedición de la norma se duplicará la bonificación mensual de 100 mil pesos a más de 220 mil pesos.
Ajustes y modificación
La nueva ley tiene ajustes y simplificaciones a varios componentes el sistema de reclutamiento. Una de esas modificaciones es la eliminación de las modalidades de soldado regular, soldado bachiller y soldado campesino por la de reservista. En la práctica, se unifico los beneficios, para quienes presten servicio militar. Así mismo, la duración máxima del servicio militar será de año y medio, en lugar de 24 meses. Se reduce la edad para prestar servicio militar, ya no será hasta los 28 años ahora es hasta los 24 años.
Reducción de costos
Con respecto a los costos éstos se reducen sustancialmente y se actualiza la “fórmula que define cuánto se paga por concepto de la “cuota de compensación militar”, es decir, lo que pagan quienes quedan exentos de prestar servicio”.
El mínimo a pagar como cuota de compensación pasa de unos 430 mil pesos a menos de 150 mil pesos; se le pone techo a la cuota de compensación militar, hasta la fecha no existía, y ahora el límite es de 40 salarios mínimos. Hasta ahora una “familia con una vivienda valorada en 147 millones de pesos, que equivale a 200 salarios mínimos, debía pagar, por concepto de este patrimonio, 1 millón 400 mil pesos”. Con la nueva Ley una familia con una vivienda de ese o de menor valor, “no pagará un solo peso por concepto de patrimonio”.
Remisos
Otro de los aspectos importantes de la norma es que abre un “régimen de transición”, por un año, para los remisos, que se acercan al millón en el país. Los remisos que cumplen con alguna de las condiciones eximentes de la prestación del servicio militar, como: ser padres de familia o mayores de 24 años, por ejemplo.
La amnistía consiste en que no tendrá que pagar las multas generadas por su condición de remisos, que son de dos salarios mínimos por cada año. Y agregó que “como si fuera poco, tampoco tendrán que pagar por la cuota de compensación militar”.
Un ejemplo que coloco el presidente Juan Manuel Santos.
“Si un joven es remiso desde el año 2015; hasta ayer tendría que pagar, a manera de multa, casi 3 millones de pesos, lo que equivale más o menos, a dos salarios mínimos por cada año que ha estado remiso”, dijo.
Subrayó que a esa cifra se sumaría la cuota de compensación que con la fórmula de liquidación anterior llegaría a 430 mil pesos, para un total de 3 millones 400 mil pesos. “Si ese remiso se presenta, a partir de ahora, tendrá que pagar cero pesos, por estos conceptos –óigase bien: de 3 millones 400 mil pesos a cero pesos”, enfatizó.
El remiso solo deberá cancelar los costos e elaboración de la libreta militar que actualmente son de 110 mil pesos, aproximadamente. Resalto, por último, que la Ley es clara respecto a la prohibición absoluta de las denominadas “batidas”.
