Revocada por el Tribunal Administrativo de Casanare la medida cautelar que había suspendido el acuerdo 016 de 2015, que autorizó la creación de la EICE Ceiba y los contratos y actos administrativos derivados y la cual había sido tomada por el Juzgado Primero Administrativo de Yopal ante una acción popular.
El Tribunal tomó la decisión en relación a la apelación que hiciera la Procuraduría, el Concejo de Yopal, la directora jurídica de la Ceiba y otros ciudadanos, quienes mostraron su desacuerdo con la medida cautelar tomada en la acción popular interpuesta por el exconcejal de Yopal, Leonardo Puentes.
El Contencioso consideró que hubo “una manifiesta precipitación judicial al resolver por mero pálpito decreto medidas cautelares festinadas sin sólida argumentación que las sustente”.
El Tribunal manifestó que puede haber un presunto vicio de ilegalidad en la aprobación del acuerdo 016 de 2015 en lo relacionado con el presupuesto, pero esto no puede enjuiciarse en abstracto y será el juez natural el que analice el tema mediante una vía procesar adecuada.
Igualmente cree que no hay evidencia documental en el expediente que permita conjeturar amenazas o lesiones al patrimonio estatal o a la moralidad administrativa, como para que el Juzgado Primero Administrativo tuviera que abordar esa arista de oficio, ante la omisión de primer grado.
El Tribunal explica que esta providencia “no podrá tomarse como supuesta purga de eventuales vicios del acto de autorización para la creación de la EICE Ceiba ni de los actos y contratos que allí se hayan derivado, aquí tan solo se indica por qué no procede la medida cautelar”.
Así las cosas la EICE Ceiba podrá funcionar otra vez luego de casi 40 días que duró suspendida y tendrá que encargarse de los servicios de alumbrado público, matadero, cementerio, terminal de transporte y parque de las aguas, entre otros. Y seguirá al frente de esta el administrador público Hugo Andrés Montes Sánchez.
Mientras tanto en el Juzgado Primero Administrativo se seguirá evaluando de fondo la acción popular que pretende anular lo actuado con relación a esta empresa.
Leonardo Puentes se pronuncia
El actor popular Leonardo Puentes expresó que le “resulta inexplicable e insólito que el Tribunal haya desconocido la protuberante vulneración a la Constitución al autorizar la creación de una «empresa de servicios» cuyo único objeto es crear otras empresas, es decir, entregar a terceros, a particulares, los servicios públicos involucrados en CEIBA”.
Igualmente cuestionó que “se desconozca que el Concejo finalmente le otorga facultades de creación de empresas y sociedades a una Junta Directiva, para entonces inexistente, y NO al Alcalde, que es la única persona que constitucionalmente puede recibir este tipo de autorización”
Y puntualizó que “Respecto a la autorización para transferir los activos (bienes) del municipio y para modificar el presupuesto, resulta totalmente sorprendente que el Tribunal no se percate de la violación a la Constitución y la Ley”.
