El Tribunal Administrativo de Casanare negó la solicitud de pérdida de investidura presentada contra el diputado Jorge Eduardo García Gutiérrez, luego de analizar dos demandas acumuladas que lo señalaban de haber incurrido en conflicto de intereses durante la sesión del 28 de noviembre de 2024. En dicha sesión, García votó su propio impedimento dentro del proceso de elección del secretario general de la Asamblea para el año 2025.
Las acciones fueron interpuestas por Carlos Eduardo Gámez Ávila y Tulio César Hernández Hoyos, quienes argumentaron que el diputado actuó como juez y parte, contrariando el régimen de imparcialidad y los principios de la función pública. Sostuvieron además que, en procesos previos, García se había abstenido de votar cuando se trataba de su propio impedimento.
Tras revisar el caso, el Tribunal concluyó que, aunque se configuró el elemento objetivo del conflicto de intereses, al haber participado en la votación sobre su propia situación, no se acreditó el elemento subjetivo. La Sala determinó que no existió dolo ni culpa grave, y que la intención de García era apartarse del proceso para garantizar transparencia, sin obtener beneficio directo.
En el fallo, cuya ponencia estuvo a cargo de la magistrada Aura Patricia Lara Ojeda, se indica que no hay pruebas que demuestren mala fe o manipulación del procedimiento, por lo que no se justificaba imponer la sanción de pérdida de investidura.
Con la decisión, Jorge Eduardo García Gutiérrez continúa ejerciendo como diputado del departamento de Casanare para el periodo 2024–2027.
