Tribunal Administrativo de Casanare rechazó por improcedente reposición interpuesta en relación a medida cautelar no aprobada de suspender elección del contralor departamental. Situación será dirimida por el Consejo de Estado.
Según los demandantes Miguel Alfonso Pérez Figueredo y Carlos Andrés Sanabria hay evidencias adicionales que evidencian extemporaneidad en la inscripción de Antonio José Ortega, a la postre elegido contralor departamental de Casanare.
De acuerdo con estas Ortega no se habría inscrito en el tiempo reglamentario en la Asamblea Departamental. Sin embargo el funcionario habría radicado un oficio donde entregaba su hoja de vida y por un error humano de un funcionario de la Asamblea no fue inscrito en las actas oficiales.
Sin embargo el Tribunal consideró que si bien en el recurso de reposición se habla de nuevos hechos que sustentan la nueva solicitud del decreto de medida cautelar como quiera que en realidad se trata de ampliación de los argumentos iniciales debe ser el Consejo de Estado el que se pronuncie en esta adición de apelación.
También advirtió que en procesos electorales la solicitud de medida cautelar únicamente se puede introducir en la demanda y se decide en su admisión, una sola vez.
