En los últimos 13 años la gobernación de Casanare y la alcaldía de Yopal, han invertido más de $35 mil millones, en los Canales de aguas lluvia Caño Campiña y Caño Seco, obteniendo como resultado un relleno sanitario a cielo abierto: Yesid Goyeneche, veedor ciudadano.
Goyeneche, informó que en su momento la defensoría del pueblo, interpuso una acción popular contra la Empresa de Acueducto, Alcantarillado, y Aseo de Yopal, secretarías de obra municipal y departamental, gobernación de Casanare, y Corporinoquia para que garantice la salubridad pública, la realización de las construcciones, ya que la mayoría de estas obras a la fecha se dañaron, están en abandono o peor aún no se han ejecutado.

Uno de estos contratos es el número 037 de 2010, tuvo un costo total de $3.498’705.251.00, del cual se dio un anticipo del 50% al contratista, U.T. ALCARAVÁN. La firma que en su momento hizo la interventoría fue la Unión Temporal Omega, R/L Rafael Martínez Angarita, y el Supervisor fue LUIS DARÍO Gantiva Garzón, en calidad de miembro de la EAAAY.
Según la Defensoría del Pueblo, la obra fue entregada a satisfacción, sin embargo, en mayo 2 de 2011 a razón de un torrencial aguacero la obra entregada sufrió afectación entre los tramos Km 1 + 166,83 a Km 1 + 213,77, por la gran cantidad de lluvia, fracturando las losas que se encontraban ubicadas sobre el canal de aguas lluvias Caño Seco, generando daños a la estructura y colmatando el canal.

Ahora observemos el contrato N° 2114, de diciembre 31 de 2010, finalidad construir “segunda etapa de la construcción de tramos de entrega para la estructura de retención de sólidos de los canales Caño Seco y Alcaraván para el vertimiento de aguas lluvias al cauce natural de caño seco del municipio de Yopal”, entre Rodrigo Flechas Ramírez (en representación del departamento de Casanare) y el consorcio Osorio Hurtado (R/L Pedro Luis Hurtado Ladino) por un costo total de $3.236’711.970, (Tres mil doscientos treinta y seis mil millones setecientos once mil novecientos setenta pesos con treinta y tres centavos) m/cte.
Pero resulta importante aclarar que durante la ejecución de este contrato se presenta la falla de la etapa 1 del contrato 037, hecho que se registró en mayo 2 de 2011, pese a ello, ni el nuevo contratista, interventor o supervisor de la obra presenta informe de tal falla.

Afirma la Defensoría, en su acción popular que lo que si se evidencia es que ambos contratos incumplen con el objeto a desarrollar, ya que los “sistemas de retención de sólidos” que se supone debían instalarse en la segunda etapa no funciona, y de hecho se observa que en la zona residencial de los barrios Nuevo Mileno Y Ciudadela El Carmen, sector por donde atraviesa el canal de aguas lluvias, al llover se acumulan las basuras, generando polución, malos olores y propagación de vectores.
También encontró que existe similitud en los nombres de las 2 uniones temporales intervinientes en los contratos 037 y 2114 de 2010, pues en el 037 la Unión Temporal Alcaraván era el contratista, mientras que llama la atención que en el contrato 2114 de 2010 “La Unión Temporal Alcaraván 2010” es el interventor, y que en caso de corroborarse que se tratasen de la misma unión temporal, se estaría en una causal de inhabilidad consagrado en el artículo 5° de la Ley 1474 de 2011.

En cuanto al contrato N° 2036 de 2010, suscrito entre la gobernación de Casanare y el consorcio Yopal 2010 / R.L. Jairo enrique Pérez Barreto, por un valor total de $25.327’381.760, de los cuales se ejecutó un total de 22.917’139.050,78 (veintidós mil novecientos diecisiete millones ciento treinta y nueve mil cincuenta pesos con setenta y ocho centavos), la Defensoría resalta que habría un sobrante de $2.410’242.709,22, y que no se sabe en que se utilizaron, ni hay evidencia soporte de documento de donde están esos dineros.
Lo cierto es que, dentro de las pretensiones hechas por la Defensoría del Pueblo, se solicita se les ordene a las entidades accionadas a realizar los estudios correspondientes de los planos y estructura construida en las etapas I y II del canal de aguas lluvias Caño Seco y la Campiña con la facultad de ingeniería y arquitectura de la Universidad Nacional De Colombia.
Con fundamento en el Estudio Realizado por la Universidad Nacional de Colombia, se determine sí es necesario la reparación de la estructura o sí es mejor realizar la demolición y reconstrucción de la misma, aplicando normas técnicas.
Pero también pide que se ordene el traslado de los documentos a la fiscalía general de la nación, la procuraduría general de la nación y la contraloría general de la república a fin de que se inicien las investigaciones pertinentes contra los sujetos intervinientes.
