
Esta figura permite al ejecutor del proyecto productivo pedir en concesión o arrendamiento los baldíos de la Nación y conseguir la cantidad de tierras, comprando, arrendando, entre otros, en la medida en que su plan lo necesite.
El Congreso de la República tardó apenas algunas horas en conciliar el proyecto de ley de Zonas de Interés de Desarrollo Rural Económico y Social (Zidres). La iniciativa es la misma que el Gobierno, en distintos escenarios, como los encuentros anuales de Fedepalma y de la Sociedad de Agricultores de Colombia, promovió como quizá la más valiosa herramienta para el desarrollo agropecuario, la productividad y la seguridad jurídica hoy en el país.
Sin embargo, sobre las Zidres, que ya figuraban en el proyecto de ley 133 que el Gobierno retiró en marzo pasado, han llovido críticas de partidos como el Polo Democrático y la Alianza Verde, la confederación internacional de organizaciones no gubernamentales Oxfam, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes), por nombrar sólo algunos. “En los cinco intentos que el Gobierno ha tratado de tramitar, el contenido de fondo es el mismo. Cosméticamente se modifica, pero la esencia es que se declaran zonas donde la agroindustria puede acumular baldíos y se legalizan acumulaciones anteriores”, dice Aída Pesquera, directora de Oxfam en Colombia.
El senador del Polo Jorge Enrique Robledo, quien presentó ponencia negativa del proyecto, señaló que uno de los problemas de fondo es que los baldíos, que deberían adjudicarse a campesinos pobres sin tierra, se irán en arrendamiento por largos períodos e incluso a grandes empresas agroindustriales, nacionales o extranjeras.
Uno de los puntos más criticados por la oposición es la supuesta legalización de acumulación irregular de tierras. Esto se debe a que en el texto se incluye expresamente que la prohibición de acumular tierra, con base en el límite de la Unidad Agrícola Familiar desde la Ley 160 de 1994, aplica sólo a partir de ese año. “La ley siempre rige a partir de su publicación”, recuerda el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez. Pero un documento difundido por Oxfam, la CCJ, Codhes, entre otras, advertía que esa restricción se incluía “ignorando los conceptos del Consejo de Estado, la Contraloría y la Corte Constitucional, que afirman que la prohibición de acumular tierras con antecedentes de baldíos aplica a todas las adquisiciones posteriores a la Ley 160, independientemente del año de su adjudicación”.
Jhenifer Mojica, subdirectora de la CCJ, agregó que “cuando se analizan las normas agrarias anteriores a esa ley (la 160 de 1994), desde el año 35 hay restricciones a la acumulación de tierras, sólo que antes había otros parámetros. No es algo que introduce la Ley 160”.
El supernotariado durante todo el proceso de debate insistió en que las Zidres no legalizan la acumulación, que la adjudicación de baldíos depende de cumplir con los requisitos estipulados en la Ley 160 y que en ningún momento se habla de titular tierras a empresarios, sino dar en arrendamiento. Pero para Pesquera, la legalización de tierras acumuladas irregularmente también sería posible cuando el articulado dispone que “se procederá a sanear las situaciones imperfectas garantizando la seguridad jurídica, previa a la aprobación del área”. La directora de Oxfam explicó que “ese concepto de ‘imperfecto’ jurídicamente no es nada y puede ser cualquier cosa”.
La Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) y el Ministerio de Agricultura deberán determinar las áreas aptas para las Zidres, definir asuntos como los tiempos de concesión según los ciclos productivos y formular planes de transición para la producción que, dentro de una Zidres, no se adapta al potencial y aptitud del suelo que la UPRA haya dictado.