Por lo que las organizaciones de víctimas han presentado una demanda de inconstitucionalidad.
Entre las organizaciones están la Corporación Personas con Capacidades Diversas (Percadi), Asociación de Víctimas Unidas de Granada (Asovida) y la Red Colombiana de Lugares de Memoria, con el apoyo del Programa Paiis de la Universidad de los Andes y Dejusticia.
La demanda de inconstitucionalidad es contra los artículos 1 y 24 del Decreto 588 de 2017 que establecen un periodo de tres años de funcionamiento para la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, CEV.
La demanda ya fue admitida y argumenta que la CEV, solo ha funcionado un año, tres meses y 14 días en condiciones de normalidad, lo que corresponde a un 40% de su periodo.
El resto del tiempo, si bien no han suspendido las actividades, sí han tenido que trasladarse a la virtualidad y reducir el contacto directo con las comunidades, por situación de pandemia de la Covid-19.
Teniendo en cuenta que el periodo actual de la CEV, terminaría en noviembre de este año, las organizaciones demandantes le enviaron un memorial a la Corte Constitucional solicitando, que le dé a este proceso un trámite extraordinario bajo la figura de “urgencia nacional”. Esto permitiría acortar los tiempos para emitir la sentencia y que esta llegue en un momento oportuno.
La razón es que la pandemia ha dificultado la recolección de información y la validación de los datos que necesita la CEV para elaborar el informe final y así brindar el máximo nivel de verdad posible a las víctimas.
Por un lado, en muchas zonas rurales donde ocurrieron hechos graves del conflicto no hay conectividad o la señal es de mala calidad; en otros lugares como las cárceles ha sido imposible recoger testimonios durante la pandemia.
Por estas razones los demandantes consideran que la Corte Constitucional debe encontrar una fórmula que permita compensar el tiempo perdido por la pandemia.
Y para esto sugieren la posibilidad de calcular ese tiempo adicional en cuento al periodo de un año y dos meses comprendido desde el 12 de marzo de 2020, cuando se declaró la emergencia sanitaria en Colombia, y el 31 de mayo de 2021, cuando entró en vigencia la reactivación económica.
Por su parte, el Consejo de Estado coincide en la necesidad de ampliar el periodo de la Comisión. Así lo manifestó en un concepto publicado el 7 de julio, bajo el argumento de que el periodo de tres años contemplado por el Decreto 588 no tuvo en cuenta el tiempo que necesita la CEV para socializar el informe final con la ciudadanía ni el tiempo necesario para liquidar correctamente la institución.
Fuente: portal Dejusticia.
