
Se conoció el fallo de segunda instancia mediante auto ORD-80112- 008 -2019 de 19 de enero 2019, proferido por el despacho del contralor general de la República, Carlos Felipe Córdoba Larrarte, respecto al proceso de responsabilidad fiscal que por una cuantía de nueve mil cuatrocientos veintiún millones de pesos m/cte (9.421.000.000).
Dicho documento libra de toda responsabilidad fiscal a los implicados en el proyecto de la planta modular de Yopal, entre ellos el exalcalde Wilman Celemín.
Wilman Celemín – Ex-alcalde de Yopal
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La medida absolutoria, en tuvo en cuenta varias consideraciones para tomar dicha decisión. “En relación con el agua tratada se comprobó que en la red de distribución del Municipio, no se indicó riesgo de saluda para la salud de los usuarios”.
Respecto al estado actual de las obras realizadas del Contrato 085 de 2013, «está funcionando a excepción del diseño hidráulico contemplado en las especificaciones técnicas iníciales contractuales puesto que fue demolido lo construido inicialmente en materia de fibra de vidrio y que resultado de la conciliación se logró la construcción de estructuras durables resistentes en material acero al carbón3».
Relativo a la funcionalidad del sistema construido, derivado del Contrato 085 de 2013 las obras está funcionando y operando, «las sondas de registro de parámetros físico-químicos se encuentran operando y se tiene un sistema de orri-t. Operación automatizado y moderno4.»
Referente a la planeación y soporte técnico del sistema construido, está funcionando «planos de diseños, planos del taller, diseño hidráulico completo, diseño estructural de los tanques y reforzamiento estructural de estos, memorias de cálculo y planos record5»
Finalmente la obra está cumpliendo el objetivo social para lo cual destinada, por el sistema de gravedad, se está suministrando agua potable a la población de Yopal, y ahorra costos de bombeo.”
Teniendo en cuenta los anteriores argumentos, el contralor general de la nación Carlos Felipe Córdoba Larrarte, decide modificar el artículo primero del Fallo No. 1607 del 5 de Diciembre de 2018, por el cual se falla sin responsabilidad fiscal, profiriendo CESACION DE LA ACCION FISCAL del proceso ordinario de responsabilidad fiscal No. 2014-05773 80853-266-03-686,a favor de todos los implicados.
La lista la encabeza Wilman Enrique Celemín Cáceres, en su calidad de Alcalde de Yopal durante el período del 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2015. También aparece Edwin Miranda, gerente de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal del 31de mayo de 2012 al 3 de mayo de 2013.
El listado continúa con Constantino Tami Jaimes, agente especial y representante legal de la EAAAY, durante el período de 04 de mayo de 2013 hasta el 23 de febrero de 2014. Hidroservicio Limitada, Integrante de la UT Planta modular Yopal 2013, representado por Gustavo Elías Noratto Gutiérrez o quien cumpla estas funciones.
B&C Biosciences S.A.S. Contratista, integrante de la UT Planta Modular Yopal 2013, representada por Medardo, Enrique Velandia Córdoba o quien haya sido designado para este cargo. Carlos Alonso Andrade Ortiz, en su calidad de interventor de la obra del contrato 0058 del 26 de abril de 2013.
Por último en el fallo de la Contraloría aparece Ludwing Stunkel García, en su calidad de gerente general del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A., ESP, durante el período del 18 de mayo de 2015 al 17 de mayo de 2018. Interventor.