El Tribunal Administrativo de Casanare negó en primera instancia la demanda de pérdida de investidura contra el diputado Luis Alejandro López Ríos, quien había sido señalado de presunta violación al régimen de conflicto de intereses.
La acción judicial sostenía que el diputado habría actuado como “juez y parte” durante una sesión de la Asamblea Departamental en noviembre de 2024, en la que se eligió al secretario general.
Según los demandantes, López participó y votó una recusación que él mismo había presentado contra otro diputado, lo que —aseguraban— comprometía la imparcialidad del proceso.
Sin embargo, tras analizar el caso, el tribunal concluyó que no se configuraron las causales de pérdida de investidura, ya que no se logró demostrar un interés directo, particular y actual por parte del diputado. Además, la recusación en cuestión fue finalmente negada.
En el fallo, el magistrado ponente Leonardo Galeano Guevara determinó negar las pretensiones de la demanda.
Finalmente, se ordenó que, una vez la decisión quede en firme, se remita copia a la Asamblea Departamental de Casanare, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Interior, y se archive el expediente.
