Es el reglamento que convalida el tiempo de las prácticas y pasantías como experiencia profesional en el sector público.
Lo expidió el Departamento Administrativo de la Función Pública, el cual establece que el 90% de la experiencia obtenida por los jóvenes en sus prácticas laborales, pasantías, monitorias y grupos de investigaciones de entidades educación superior de pregrado y postgrado, educación técnica, tecnológica, universitaria, educación para el trabajo y desarrollo humano, formación profesional integral del SENA, escuelas normales superiores, para que sea válida como experiencia profesional en los procesos de acceso a empleos públicos.
Las oficinas de talento humano de las entidades públicas deberán validar que los certificados correspondan al programa de estudios que los jóvenes estén cursando y deberán exigir los certificados a la institución educativa para establecer si existe esa relación entre las actividades realizadas por el estudiante con su pensum académico.
También establecimos que los jóvenes que han tenido un contrato laboral o de prestación de servicios antes de su graduación puedan certificar esa experiencia profesional en los concursos de meritocracia que se adelantan en la Comisión Nacional del Servicio Civil, así como los otros procesos de vinculación y contratación en el empleo público.
Las oficinas de talento humano, así como las autoridades y entidades que provean procesos de meritocracia, deberán validar que las certificaciones de los contratos previos a la graduación se relacionen con los programas de estudio que adelanta el ciudadano interesado en acceder a este beneficio.
