Debate jurídico y político, produjo la solicitud del abogado Juan Carlos Méndez Antolinez, quien le ha pedido a la Asamblea Departamental de Casanare materializar de manera inmediata la desvinculación de la diputada Lady Patricia Bohórquez Cuevas de este cuerpo colegiado.

Considerando que el Consejo de Estado confirmó el fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Casanare, quien le declaró la Pérdida de Investidura a Bohórquez Cuevas.
Relata Méndez Antolinez, que el primero de junio 2021, a través de auto las partes en este proceso fueron notificados que se le había negado a Bohórquez Cuevas, la solicitud de aclaración del fallo de Pérdida de Envestidura
Adicional, que el día dos de junio de 2021, se notificó por estado el auto que le negó la solicitud de aclaración y adición de la sentencia de dieciocho (18) de marzo de 2021, mediante la cual se confirmó la sentencia proferida el trece (13) de marzo de 2020, por el Tribunal Administrativo de Casanare, donde le declaró la Pérdida de Investidura.
Sin embargo, el mismo dos de junio de 2021 la demandada solicitó la nulidad de la sentencia. Por lo que advierte Méndez Antolinez, que este hecho en calidad de incidente no suspende ni tiene efecto alguno sobre los efectos del mencionado fallo hasta no resolverse dicha solicitud.
Considerando que, si el auto que niega la aclaración fue notificado y publicado por estado, con posterior notificación personal a las partes, el 02 de junio de 2021, según el artículo 302 del Código General del Proceso, contando 3 días hábiles posteriores a dicha notificación, la sentencia de Perdida de Investidura habría quedado ejecutoriada desde el día nueve de junio de 2021.
Por este hecho es que según Méndez Antolinez, la Asamblea puede y debe desvincular a Lady Patricia Bohórquez Cuevas de la duma departamental.
Es más, indica que tienen la herramienta jurídica para hacerlo y es hacer uso del artículo 15 de la ley 1881 que reza “Ejecutoriada la sentencia se comunicará a la Mesa Directiva de la Cámara correspondiente, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Interior para lo de su cargo…”.
Así las cosas, Méndez Antolinez, considera que la Asamblea Departamental no necesita esperar ser notificada de manera formal, ya que este procedimiento presuntamente solo requiere de una comunicación.
Situación en la cual difiere la Asamblea Departamental, quienes han indicado que hasta que no haya una notificación formal sobre el caso de Perdida de Envestidura no procederán ninguna acción. ¿Quién tiene la razón?
