Tribunal Administrativo de Casanare requirió a la Alcaldía de Yopal para que precise si la alcaldesa (e) Luz Marina Cardozo se declaró impedida para actuar en la problemática de la Ciudadela La Bendición en esta ciudad.
La solicitud la hizo el 9 de febrero mediante el auto de seguimiento al caso de la urbanización ilegal dentro de la tutela inicial presentada contra Corporinoquia. El Magistrado Néstor Trujillo expresa que la solicitud se hace ante el silencio de la Alcaldía y previo a decidir de fondo en un incidente de desacato abierto contra autoridades locales el pasado 14 de diciembre por “evidenciarse abierta contumacia e incumplimiento objetivo de los requerimientos judiciales de control” acerca de productos concretos en miras a abordar soluciones integrales a la problemática de la urbanización.
Igualmente, la Procuraduría Regional de Casanare deberá informar y acreditar si existe impedimento de la alcaldesa para actuar en el tema, si fue aceptado y a partir de cuándo.
También se ordenó requerimiento al Ministerio del Interior para que indique en caso de existir el impedimento de la mandataria, el estado actual del trámite para la designación del alcalde ad-hoc con el fin de que actúe en la tutela mencionada.
Si bien el Tribunal manifiesta desconocimiento sobre si la alcaldesa está impedida para actuar en La Bendición, recientemente se conoció que ella sí se declaró impedida en razón a las denuncias penales instauradas contra el alcalde titular Jhon Jairo Torres por amenazas contra su integridad personal. Frente a lo cual la Procuraduría Regional le aceptó el impedimento y le solicitó al Ministerio del Interior el nombramiento de un alcalde ad-hoc pero este no se ha pronunciado. Sin embargo esto no lo ha hecho oficial ante el Tribunal.
Lo qué dicen las autoridades sobre La Bendición
En el auto del Tribunal, la Defensoría del Pueblo destacó que en La Bendición se presentan problemáticas como la indeterminación de la población, inseguridad, déficit de agua potable, alcantarillado e inundaciones; déficit de alumbrado público, vías y espacio público; dificultades de acceso a la salud; limitaciones en la educación e inestabilidad socioeconómica y déficit de vivienda adecuada.
Mientras que Corporinoquia informó al Tribunal que ha hecho lo de sus competencias frente a los requerimientos legales y que dio a conocer al municipio los requisitos necesarios para tramitar los permisos de vertimiento de aguas residuales domésticas
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p style=»text-align: justify;»>La Procuraduría General de la Nación por su parte indicó que remitió a la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa la indagación preliminar por la presunta responsabilidad disciplinaria de los alcaldes que fungieron durante la época en la que se presentó la problemática de la ciudadela.
Link de providencia sobre La Bendición:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/2196916/12091859/85001233300020140021600.PDF
