Con la expedición del decreto 568, los funcionarios públicos que devenguen de 10 millones en adelante, deberán aportar un porcentaje con destinación específica para inversión social de la clase media más vulnerable y trabajadores informales.
Esta retención también aplica para contratistas del estado, al igual que para los pensionados con mesadas de $10 millones o más. El impuesto solidario regirá por tres meses, del 1° de mayo hasta el 31 de julio. Estos recursos serán destinados al Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME).
El decreto establece que los funcionarios que ganen entre 10 y 12,5 millones de pesos, deberán aportar el 15% de su salario, mientras que los funcionarios con salarios entre 12,5 y 15 millones tendrán que aportar el 16%. Quienes ganan entre el rango de 15 a 20 millones se les aplicará una tarifa del 17%, y los superiores a los 20 millones, una del 20%.
Los servidores públicos y contratistas del estado con ingresos menores a los $10 millones también podrán realizar un aporte mensual solidario, pero de manera voluntaria. La persona que desee hacer el aporte, deberá informarle al pagador para el descuento de acuerdo a la siguiente tabla.
Los trabajadores que tengan un salario entre un rango del $1.755.066 y $2.633.409 podrán aportar un 4%; los que ganen entre $2.633.049 y $4.389.015 un 6%, y los de $4.389.015 y 6.144.621 tendrán una tarifa del 8%.
Entre tanto, los salarios entre un rango de $6.144.621 hasta los $8.778.030 podrán aportar un 10%, y los salarios entre $8.778.030 hasta los $10.000.000 lo podrán hacer con un 13%.
Las personas naturales vinculadas mediante contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública de salarios y honorarios mensuales periódicos inferiores a diez millones pesos ($10.000.000), que vayan a efectuar el aporte mensual solidario voluntario por el Covid-19, deben informarlo por escrito, por cualquier medio, al pagador del respectivo organismo o entidad, dentro de primeros cinco (5) de los meses mayo, junio y julio de 2020, señala la norma.
