El Juzgado 46 Laboral del Circuito de Bogotá amparó los derechos invocados en una acción de tutela interpuesta por el representante a la Cámara Miguel Ángel Grisales, ordenando al ministro de Agricultura, Indalecio Dangond, ofrecer disculpas públicas en un plazo de 48 horas tras haber calificado como «despectivo» el término «campesino». La decisión judicial exige además al funcionario aclarar ante la opinión pública que los vocablos «campesino», «campesina» y «campesinado» mantendrán su vigencia e integración formal dentro del lenguaje institucional y normativo del Estado colombiano.
La controversia se originó durante la intervención del titular de la cartera agrícola ante las comisiones económicas del Congreso para la sustentación presupuestal, escenario en el cual defendió la sustitución semántica planteada en entidades del sector como la Agencia Nacional de Tierras. En dicha jornada, Dangond argumentó que la población rural pasaría a denominarse «pequeños empresarios del campo» bajo la premisa de elevar el estatus de los productores de alimentos, postura que generó rechazo entre sectores políticos y sociales por desconocer las categorías legales vigentes.
El fallo de la justicia laboral recordó la vigencia del Acto Legislativo 01 de 2023, mediante el cual se reformó el artículo 64 de la Constitución Política para reconocer explícitamente al campesinado como sujeto de derechos y de especial protección constitucional. Aunque la providencia judicial no prohíbe el empleo complementario de la expresión «pequeños empresarios», enfatiza la obligación de preservar el marco constitucional que ampara la identidad histórica y jurídica de las comunidades rurales en el país.
