El 2017 se caracterizó por la intención de revocatoria del mandato a casi una docena de alcaldes, la de un gobernador y hasta la del mismísimo presidente.
Los comités inscritos
Hasta el momento se sabe, aparte del proceso en Yopal en contra de JJ Torres, de los siguientes procesos de revocatoria: los alcaldes de Bogotá, Enrique Peñalosa; Bucaramanga, Rodolfo Hernández Suárez; Cartagena, Manuel Vicente Duque; Pereira, Juan Pablo Gallo; y Neiva, Rodrigo Lara Sánchez.
En Santander también se adelantan iniciativas de revocatoria contra los mandatarios de Barrancabermeja, Darío Echeverri Serrano, y Socorro, Alfonso Lineros Rodríguez. Además, hay un proceso en contra del gobernador del Quindío, el sacerdote Carlos Eduardo Osorio.
En todos los casos, quienes promueven la revocatoria de su alcalde o gobernador argumentan “incumplimiento del programa de gobierno”.
¿Esta vez sí será?
Desde que la figura de la revocatoria del mandato a alcaldes y gobernadores fue incorporada a la Constitución de 1991, se han realizado 166 intentos (165 para alcaldes y uno por gobernador), pero de ellos solo 50 llegaron a las urnas y 116 no han superado la etapa de recolección de firmas.
De cualquier modo, ningún funcionario elegido por votación popular ha sido revocado.
La revocatoria del mandato, uno de los mecanismos de participación ciudadana, estaba regido por la Ley 134 de 1994 que establecía unos porcentajes mayores, pero ante tanto fracaso, que para muchos significa pérdida de dinero público en esas elecciones, fue reformada por la Ley 1757 de 2015 que define nuevos requisitos, un poco más flexibles.
Cambios en la norma
El primer requisito es inscribir ante la Registraduría un comité promotor, el cual tiene que recoger en seis meses (prorrogables hasta por otros tres) el número de firmas que corresponda al 30% “de los votos obtenidos por el elegido”. Antes era del 40%.
Las firmas son revisadas por la Registraduría y si son validadas se convoca a elecciones dentro de los seis meses siguientes.
En esos comicios tiene que participar el 40% “de la votación total válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”. La anterior ley establecía el 60%.
De lograrse esa participación, ganará la opción que obtenga “la mitad más uno de los votos ciudadanos”.
Y si al alcalde o gobernador revocado le resta año y medio o menos para terminar el mandato, será encargado un reemplazo, pero si le falta un día más, tendrá que convocarse a nuevas elecciones.
Proceso costoso
En cualquier caso, se trata de un proceso que para algunos expertos es costoso, pero que bien vale la pena para garantizar el ejercicio democrático.
En el caso de Bogotá, fuentes de la Registraduría estiman que convocar la revocatoria costará $45 mil millones, y si prospera esta opción habría que convocar a nuevas elecciones para elegir un nuevo alcalde, lo que supone otros $45 mil millones.
Es decir, este juego democrático terminaría costando $90 mil millones (solo en Bogotá), lo que en términos prácticos es lo que cuesta construir más de 2.200 viviendas de interés prioritario o un poco más de lo que terminará costando el Intercambiador del Mesón de los Búcaros en Bucaramanga.
¿Revocatoria del Presidente TIENE FUTURO?
Juan Manuel Charry señala que en el caso del referendo para revocar al presidente se comete una equivocación, porque primero debe tramitarse una reforma constitucional, pues para el Jefe de Estado no aplica la revocatoria “y menos mediante referendo”.
Del mismo criterio es el profesor Pedro Medellín Torres, quien no le ve futuro al tema de la revocatoria presidencial, pero advierte que si ocurriera una sorpresa y se aprueba reformar la Constitución mediante referendo para sacar al primer mandatario, “sería un golpe político muy duro para el Gobierno”.
Elecciones de 2018 están encima
Analistas consultados consideran que el momento político que vive el país está estimulando esta ‘cascada’ de solicitudes de revocatoria de alcaldes y gobernadores.
Según el catedrático Juan Manuel Charry, “es prematuro hablar de revocatoria”, pues los afectados apenas llevan un año en el cargo, pero jurídicamente es válido tramitarla.
El experto dijo que “muchos movimientos políticos acuden a ese mecanismo para posicionarse de cara a las elecciones de 2018. Ese sería el caso de algunos partidos de izquierda, pues saben que el partido de las Farc estará en el escenario”.
Pueden prosperar, requisitos son más flexibles
Tanto Juan Manuel Charry como el profesor Pedro Medellín Torres no descartan que algunos procesos de revocatoria puedan prosperar en esta oportunidad, pues los requisitos que hay ahora, luego de aprobarse la Ley 1757 de 2015, son más flexibles.
No obstante, ambos expertos consideran que las revocatorias serían inconvenientes, pues dicen que “un año es muy poco tiempo para que un alcalde o gobernador pueda mostrar resultados”.
Además, agregan que hay que tener en cuenta lo que vale (en dinero) convocar a elecciones de revocatoria, y si éstas prosperan, volver a convocar a comicios para elegir nuevos dignatarios puede acarrear gastos adicionales.
