Luego de varios meses de dificultades relacionadas con recusaciones, impedimentos y cambios en las ponencias, el Concejo Municipal de Yopal finalmente aprobó el proyecto de acuerdo que establece la escala salarial y el incremento para los empleados de la Administración Municip
La aprobación se produjo mientras avanzaba, en segunda instancia, una acción de tutela promovida por el Sindicato de Empleados Públicos de Yopal, SINDEPY, organización que cuestionó ante la justicia las demoras que se presentaron durante el trámite del Proyecto de Acuerdo 012 de 2026.
En primera instancia, las pretensiones del sindicato no habían prosperado. Sin embargo, tras la impugnación, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal revocó esa decisión y concedió el amparo al debido proceso solicitado por SINDEPY.
De acuerdo con la decisión judicial, se encontró fundamento para establecer una “mora injustificada” en el trámite de una recusación presentada contra el concejal Mauricio Rozo, quien hacía parte de la Comisión de Ética encargada de intervenir en estos procedimientos. Según el fallo, esta situación terminó teniendo efectos sobre el trámite de las recusaciones que posteriormente involucraron a otros 11 concejales.
La decisión también señaló que la demora generó un “retardo considerable” en la discusión del proyecto relacionado con el incremento salarial. El juzgado relacionó esta situación con la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores debido a la inflación y con el retraso en la materialización de compromisos derivados de la negociación colectiva.
El fallo, sin embargo, no cuestionó la existencia de las recusaciones ni los impedimentos como mecanismos establecidos dentro del procedimiento. El análisis judicial estuvo relacionado con los tiempos y la manera en que se desarrolló su trámite.
Como parte de las órdenes impartidas, el presidente del Concejo debía convocar a la Comisión Especial de Ética y Funciones. Además, se estableció que, si las recusaciones volvían a comprometer el quórum necesario para tomar decisiones, el expediente debía remitirse formalmente a la Procuraduría Regional de Instrucción de Casanare.
El proyecto aprobado contempla para 2026 un incremento salarial del 7,5%, resultado del 7% correspondiente al incremento establecido para la vigencia y un 0,5% adicional acordado dentro del proceso de negociación colectiva. La medida contempla efectos retroactivos desde el primero de enero.
Durante el trámite judicial también quedó registrado que la Administración Municipal había reportadodisponibilidad presupuestal y concepto favorable del COMFIS para financiar el incremento.
Pero la aprobación del proyecto no necesariamente pone punto final a todos los asuntos relacionados con el trámite. En el mismo proceso se conoció que la Procuraduría General de la Nación recibió una queja disciplinaria identificada con el número E-2026-389082 y una solicitud de vigilancia preventiva.
La entidad indicó que la demora registrada dentro del trámite del Concejo podría tener relevancia en materia disciplinaria, aunque, según la información disponible, esto no equivale a la existencia de una sanción ni significa que los concejales hayan sido declarados responsables de alguna conducta disciplinaria.
De esta manera, quedan sobre la mesa dos hechos diferentes: por un lado, el Concejo Municipal consiguió finalmente aprobar el incremento salarial para los trabajadores; y por otro, una decisión judicial de segunda instancia determinó que durante el trámite de las recusaciones se presentó una demora injustificada que incidió en la duración del proceso.
La tutela no ordenó aprobar el incremento ni determinó cuál debía ser la decisión de los concejales frente al proyecto. Su alcance estuvo relacionado con las garantías del debido proceso y con la forma en que se estaba desarrollando el trámite de las recusaciones.
