Un grupo de seis ciudadanos vinculados al movimiento del saliente oficialismo, autoidentificados como “testigos digitales”, radicó formalmente ante la Sección Quinta del Consejo de Estado una demanda de nulidad electoral de 61 páginas contra la elección del presidente electo, Abelardo de la Espriella, y su vicepresidente, José Manuel Restrepo. La acción legal, respaldada públicamente por el presidente Gustavo Petro durante su último discurso en plaza pública —en el que afirmó que “el pueblo de Colombia eligió a Iván Cepeda” e insinuó presuntas injerencias externas—, solicita la anulación del acta de elección emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la revisión de los formularios E-14 del proceso de segunda vuelta.
Aunque el texto de la demanda no califica explícitamente el resultado como un fraude electoral, articula tres cargos principales centrados en la vulneración del principio de publicidad, la falsa motivación y una presunta “inverificabilidad estructural”. Los demandantes sostienen que las votaciones transcurrieron dentro de una “zona de oscuridad probatoria”, argumentando anomalías en los tiempos de juzgamiento, la habilitación previa de más de 5.000 mesas de votación donde De la Espriella obtuvo ventaja y patrones de estabilidad estadística que califican como atípicos. Como medida de fondo, la demanda solicita al alto tribunal ordenar un nuevo escrutinio o una auditoría independiente, exigiendo que la Registraduría y el CNE entreguen los archivos técnicos, huellas hash y registros de actividad digital (logs) para verificar la integridad de los datos.
La promoción de esta demanda formaliza la estrategia del mandatario saliente para articular la postura política de la nueva bancada de oposición. Al encuadrar el resultado de las urnas en una disputa de legitimidad, Petro busca preservar la cohesión de su base ciudadana y mitigar el debate interno sobre el balance de su mandato. Esta narrativa jurídica y política sienta las bases para la movilización social anunciada por la izquierda ante eventuales modificaciones a las reformas estructurales por parte de la administración entrante.
