El Tribunal Administrativo de Casanare admitió la demanda popular, interpuesta por la Personería Municipal de Chámeza, contra el Departamento Nacional de Planeación – DNP, INVÍAS, Ministerio de Transporte, Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, departamento Casanare y municipio de Recetor.
Por la presunta problemática de ausencia de pavimentación y condiciones de transitabilidad segura en un tramo de la vía del Cusiana – Miraflores, (sector San Benito – Recetor – Chámeza – río Upía), identificada con el código 62CA01 a cargo del departamento de Casanare.
También los demandantes pidieron vincular como tercero con interés en el litigio al municipio de Chámeza. Esto por ser eventual beneficiario de los resultados del proceso.
Además, por el principio de concurrencia entre autoridades territoriales, cuyos efectos pueden ser cruzados (de municipio a departamento o viceversa), según los resultados a futuro del litigio.
El tramo de vía Cusiana – Miraflores, sector conocido como el espejo, sobre este punto específico es que versa la acción popular.