
Casanare como departamento y Sabanalarga como municipio, son los entes territoriales que porcentualmente más maltratan a sus adultos mayores en el país. Tomando la referencia de violencia ejercida contra los ancianos por cada 100.000 habitantes, Casanare ocupa el primer lugar del top de departamentos, y Sabanalarga el de los municipios.
De hecho, este es el sitial de los cinco primeros en cada categoría: Casanare con 87,29, Amazonas en 72,64; Arauca con 61,44, Meta 59,44 y Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en 55,21 casos; en la categoría de municipios, en primer lugar se estableció para Sabanalarga (Casanare) con 377,36, seguido por Sotaquirá (Boyacá) en 361,01, Santiago (Norte de Santander) con 272,48, Chalán (Sucre) con 240,96 y Alejandría (Antioquia) con 204,08 situaciones.
Afortunadamente, se ha creado la Ley 1893 de 2018 que fue aprobada por la plenaria del Senado de la República en último debate busca cobijar a los padres maltratados.
Según Medicinal Legal en el 2017 se valoraron 1.944 casos por violencia intrafamiliar en donde la víctima fueron los adultos mayores, una cifra que aumentó en comparación al 2016 cuando se presentaron 1.653 hechos.
Debido a los constantes hechos de violencia y abandono que se registran en el país, por parte de los hijos hacia los padres, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la norma que deshereda o declara indignos para heredar a aquellos hijos que abandonaron a sus padres o que los maltrataron y peor aún si se encuentran en estado de discapacidad. “Aquí lo que buscamos es castigar a los maltratadores para que aprendan a respetar y a cuidar a los adultos mayores, a los ancianos y a las personas discapacitadas”, dijo el senador Roy Barreras, ponente de la iniciativa.
Según Medicinal Legal, el panorama es desalentador y los casos aumentan con el transcurso de los años, ya que se han valorado en los últimos diez años 15.381 personas. Al observar la línea de tendencia en el tiempo de este acumulado anual, se pudo encontrar que posterior al 2013 existe un ascenso preocupante de esta clase de agresiones; en lo específico para el año 2017, se obtiene el registro más alto en número de casos con un total de 1.944; comparando el resultado con el 2016 se calcula un incremento del 17,60%, correspondiente a 291 casos.
Datos Nacionales
El Instituto de Medicina Legal registró en el 2017 para la violencia contra el adulto mayor en los hombres 35,54 casos por cada 100.000 habitantes y para las mujeres 32,34; según la investigación para la variable grupo de edad, se observó que los hombres superan a las mujeres en 33 casos, en las edades comprendidas entre los 65 y 69 años.
Agresor
En la distribución de las cifras para el presunto agresor, se produce el efecto contrario en comparación con la violencia contra niños, niñas y adolescentes; en esta ocasión los hijos se convierten en los principales victimarios de los padres y madres de avanzada edad, alcanzando el 42,13% del total de los casos.
En el nivel de escolaridad, la mayor concentración de hechos violentos se presentó en aquellas personas con educación básica primaria en 668 casos, con el 35,23%, aproximadamente la tercera parte de la población afectada, en segundo lugar está la educación inicial y educación preescolar en 575 eventos, con el 30,33 % y en tercera posición, la educación básica secundaria o secundaria baja con 318 casos, 16,77%.
Contexto
En los hechos circunstanciales, se clasifican como el factor desencadenante la agresión, la intolerancia y el machismo, los cuales ocuparon la primera posición, con 1.589 casos en el 86,08%, superan con gran margen de diferencia la media poblacional de los eventos; seguidamente se identificó el alcoholismo o drogadicción con el 212, con el 11,48% y en tercer lugar las razones de tipo económico en 22 hecho en un 1,19%.
Según el estado conyugal de la víctima, las personas casadas presentaron el mayor número de eventos 492 casos, seguidamente están los (las) viudos(as) y solteros(as), en 455 hechos y 433 casos. Los hombres solteros y en unión libre fueron los únicos grupos que superaron en número a las mujeres.
Continuando con la interpretación numérica, según la zona geográfica, el número de sucesos fue directamente proporcional a la densidad poblacional de las áreas, es decir, en las cabeceras municipales se tuvo el conocimiento de 1.771 casos (91,34%), seguidas por la parte rural (vereda y campo), con 121 (6,24%), y finalmente el centro poblado (corregimiento, inspección de policía y caserío), con 47 (2,42%).
Nueva Ley
La Nueva norma estableció varias causales que impedirían a esos malos hijos reclamar los bienes de los padres a quienes maltratan o agredan. Por ejemplo, el homicidio, ya sea intencional, o que haya intervenido para cometer el crimen o que no haya hecho nada para salvar a sus padres de la muerte pudiendo hacerlo.
El cometer un atentado grave contra la vida, honor o bienes de la persona cuyos bienes pueden heredarse e incluido el cónyuge, omitir el llamado de socorro o ayuda también es causal para perder la herencia. “El consanguíneo dentro del sexto grado, inclusive que en el estado de demencia o destitución de la persona de cuya sucesión se trata, no la socorrió pudiendo”, señala el texto sancionado.
Además obligar a la persona a heredar a incluir disposiciones que lo favorezcan, es decir también será causal de pérdida de los bienes, así como detener u ocultar el testamento de la persona fallecida.
Así quedó establecido en la nueva ley 1893 de 2018, “el que dolosamente ha detenido ocultar un testamento del difunto (…) Quien abandonó sin justa causa y no prestó las atenciones necesarias, teniendo las condiciones para hacerlo. Si estando en vida se hubiese encontrado en situación de discapacidad (y no recibió apoyo de sus familiares)”, dice la ley.