Un fallo de segunda instancia proferido por el Concejo de Estado favoreció al actual personero de Yopal, César Figueredo, cuya elección fue demandada y estará en el cargo hasta el año 2020. Aunque el alto tribunal reconoce que sí hubo fallas en el proceso adelantado por Unitrópico, restó importancia a este hecho. Tampoco quiso revisar su hoja de vida para dosificar los altos puntajes obtenidos por la misma.
El pasado jueves, 22 de marzo, la Sección Quinta del Consejo de Estado emitió su fallo, con el cual dejó sin piso el adverso que ya había emitido en primera instancia el Tribunal Administrativo de Casanare, luego de recibir una demanda contra el concurso que adelantó Unitrópico por encargo del actual Concejo de Yopal.
Y es que en este caso, curiosamente, los dos tribunales, Administrativo de Casanare y Consejo de Estado, opinan diferente.
Qué demandaban
Según los demandantes, el concurso presentaba serias inconsistencias como el hecho de que para la presentación de pruebas de conocimiento no hubiera cadena de custodia pues los sobres que las contenían no estaban sellados ni se solicitó documento de identidad a los concursantes que ese cuatro de diciembre se presentaron al lugar citado para tal efecto. Igualmente, que en lugar de iniciar un nuevo proceso, decidieron convocar a nueva fecha de pruebas y seguir adelante. Desde entonces, ya hablaban de que el concurso tenía nombre: César Figueredo.
De otra parte, argumentaron que la hoja de vida del aspirante no cumplía con los requisitos necesarios para otorgarle más de 80 puntos por la misma, sino máximo el rango de 30 puntos.
Fallo de primera instancia
En ese entonces, el Tribunal Administrativo de Casanare les dio la razón luego de practicar las pruebas que consideraron dentro del proceso de demanda. Para esta instancia, no hubo garantías a los concursantes y declaró nula la elección del personero del actual periodo.
Este fallo fue apelado desde luego fue apelado tanto por el personero electo como por el concejo de Yopal, instancia en la cual recae la elección.
El Consejo de Estado ve las cosas diferentes
Ahora, el alto tribunal considera que si bien es cierto que las circunstancias se dieron, al aceptar los otros concursantes asistir a la segunda convocatoria de la re programación de las pruebas, validaron el mecanismo de sub sanación presentado de manera sui generis por Unitrópico y concejo municipal.
Sobra la extraña calificación de la hoja de vida, se limitó a expresar que como quiera que no les consta cuál fue la hoja de vida presentada en el momento, y pudo ser mejorada posteriormente, se abstienen de practicar una revisión a la misma y su calificación. Es decir, que ni siquiera pidieron copia al mismo concejo o al tribunal administrativo para analizar la calificación.
Curiosamente, en su momento el Tribunal Administrativo de Casanare consideró que la experiencia del concursante a personero no cumplía los requisitos exigidos en la Resolución No. 133 de 2016; por tanto, “… no dan lugar a puntaje alguno”. Por conocimientos y experiencia que exceden los requisitos mínimos se le otorgaron 85 puntos, sin embargo, según la resolución 133 de 2016 solo tenía derecho a 30 puntos por dos especializaciones en derecho laboral, derecho tributario y derecho administrativo.
Ahora, el Consejo de Estado le tiró este salvavidas y César Figueredo será el defensor de la transparencia y la moralidad pública de Yopal hasta el año 2022.
