
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, instancia especializada en la Jurisdicción Especial para la Paz para analizar el sometimiento a esta justicia de los miembros de la Fuerza Pública, citó para este jueves, a las nueve de la mañana, a once 11 soldados a audiencia de supervisión de libertad y control de régimen de condicionalidad.
Los citados son miembros del Gaula del Ejército, de los cuales siete se encuentran en libertad transitoria, condicionada y anticipada, mientras los restantes, aunque tienen beneficios, aún están privados de la libertad por otros procesos.
De acuerdo con la resolución 001101 de la Sala de Definiciones de Situaciones Jurídicas fueron citados cuatro oficiales, un suboficial y seis soldados del Gaula de Casanare del Ejército Nacional, que deben responder por los delitos de homicidio agravado y otros.
Las víctimas fatales, todas provenientes del departamento del Casanare, son:
Oscar Moreno Moreno, Yuri Ferney Achagua Reyes, Darío Ruiz, Geovani Daniel Peñata Hernández, Fredy Mosquera, Darwin Esnin Riascos, Wilfredo Acevedo, Fernando Alarcón Acevedo, Jairo René Navarrete Sánchez, Reinel López Rodríguez, Edubin Morales Sierra, Abelardo Reyes y Abel Antonio Lozano Camacho.
La audiencia contará con la participación de varios familiares de las víctimas, al igual que se hizo en una audiencia pasada sobre implicados en casos de los denominados ‘falsos positivos’. La Secretaría Ejecutiva de la JEP, informó esta justicia transicional diseñada en el acuerdo de La Habana, ha prestado el apoyo necesario para movilizarlas hasta Bogotá.
Así mismo, tal dependencia les brindará el apoyo necesario del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) para que sean representadas por abogados en la audiencia de régimen de condicionalidad, si así lo solicitan.
Este control al llamado régimen de condicionalidad busca verificar que continúe el compromiso de aportar la verdad plena y que se esté garantizando la no repetición de los presuntos delitos. Además, tiene como propósito contribuir a la reparación de las víctimas y, en particular, a decir la verdad en relación con los procedimientos y protocolos para inventariar todo tipo de bienes y activos.
Los comparecientes deben suministrar a la JEP entre otras informaciones el cambio de residencia y el aviso con anticipación a esa jurisdicción de una eventual salida del país.