Tribunal Administrativo de Casanare ordenó a la Anla y la empresa petrolera Gran Tierra Energy suspender proyecto petrolero El Portón en Yopal como medida cautelar solicitada en dos acciones populares interpuestas por Corporinoquia y el abogado constitucionalista Luis Arturo Ramírez, respectivamente.
El Tribunal al haber admitido las acciones populares y con base en los argumentos esgrimidos de la protección del acuífero de Yopal, que abastece de agua al 60% de la población de Yopal, decidió decretar las medidas cautelares a través de las cuales “se ordena a las autoridades, empresas y personas a las que se dirigen, la suspensión inmediata hasta nueva determinación judicial de toda actividad de prospectiva, exploración o eventual producción petrolera en el bloque El Portón-área Yopal”.
Adicionalmente, en virtud de cosa juzgada de sentencia popular ejecutoriada, prohibición permanente de todas las actividades prospectivas exploratorias y de eventual producción petrolera en el Bloque El Portón en la zona del Distrito de Manejo Integrado de la laguna y el caño Tinije, juridiscción de Aguazul y Maní acorde con lo dispuesto en sentencia del Consejo de Estado en sentencia del 12 de febrero de 2015.
El Tribunal manifiesta en su providencia de 27 de abril que la “ANH y Anla tendrán el plazo improrrogable de 24 horas para librar las instrucciones de su competencia; las empresas que estén operando o tengan previsto operar en campo en dicha área tendrás hasta 24 horas más para detener cualquier operación incompatible con dicha suspensión provisional”.
El Contencioso puntualiza que las medidas cautelares son de ejecución inmediata sin perjuicio de oposición o recursos, que no exoneran de acatarlas ni posponen el debido cumplimiento de los mismos.
Link providencia suspensión del proyecto petrolero El Portón de Casanare https://www.ramajudicial.gov.co/documents/2196916/12896271/850012333002201700065-00.PDF