El ministro de Defensa, Iván Velásquez, afirmó que “las fuerzas de Policía deben actuar para impedir la ocupación de esos terrenos y dentro de las 48 horas siguientes, como lo consagra la ley, tomar todas las medidas, y realizar las acciones necesarias para desalojarlos”.
“La ley prevé que dentro de las 48 horas siguientes a una ocupación puede actuar de manera directa la policía. Si se superan las 48 horas, ya tendrá que haber procesos de restitución para que se ordene el desalojo y actuaría la Policía”
“Hay una competencia directa de la Policía Nacional para impedir la ocupación o para proceder al desalojo dentro de las 48 horas siguientes a la ocupación. Naturalmente que dentro de esas 48 horas siguientes, tenemos también que activar nosotros los mecanismos de diálogo con esas comunidades para que abandonen voluntariamente esos terrenos” explicó el ministro.
