
Tribunal Superior de Yopal negó tutela al Movimiento Social La Bendición contra la Registraduría en la que pretendía que esta inscribiera a Jhon Jairo Torres como candidato a la Alcaldía de Yopal y por ende lo incluyera en el tarjetón.
Para Carlos Cárdenas, representante legal del Movimiento Social La Bendición, la Registraduría actuó maliciosamente al haber negado la inscripción del candidato, queriendo evitar que este pudiera controvertir la decisión a través de recursos. Igualmente en otro aparte expresa que no ha sido notificado del acto administrativo que niegue la inscripción del candidato lo cual afecta sus derechos políticos y el de los electores.
El Tribunal en fallo de tutela del 9 de septiembre expresa que “la decisión de la Registraduría que rechaza la inscripción como candidato a la Alcaldía de Yopal para el periodo 2016-2019 del ciudadano Jhon Jairo Torres si fue notificada y lo fue el día 27 de agosto de 2015 en Yopal a los integrantes del Comité que hizo la inscripción (…) conforme el acta respectiva; entendiendo desde luego que el acto administrativo está contenido en el informe general del proceso de revisión de firmas suscrito por el coordinador del Grupo de Firmas de la Dirección del Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil cuyo soporte es el informe grafológico”.
Igualmente en el fallo se afirma que la Registraduría ha dado garantía del debido proceso y el derecho a la defensa puesto que Cárdenas ha hecho uso del derecho de controversia de ese informe grafológico mediante el planteamiento de una objeción presentada el 2 de septiembre que controvierte y cuestionar el análisis de las firmas recolectadas y será la dirección del Censo Electoral quien responda a estos cuestionamientos.
Por lo tanto la tutela fue negada considerando que las razones por las cuales se interpuso ya fueron superadas.