El Consejo de Estado confirmó que sigue vigente la medida cautelar que le impuso al decreto con el que el Gobierno fijó el aumento del salario mínimo para 2026. En su pronunciamiento oficial, el alto tribunal ordenó al Ejecutivo la expedición de un decreto transitorio que establezca un porcentaje de incremento provisional mientras se toma una decisión de fondo sobre la legalidad de la cifra inicialmente propuesta. El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, aclaró que, por ahora, esta determinación no altera el flujo de pagos, ya que el Gobierno ya había emitido una norma transitoria que mantiene el incremento en el mismo nivel mientras avanza el proceso judicial.
La controversia jurídica radica en los criterios técnicos utilizados por la administración nacional para determinar el ajuste salarial. Según el Consejo de Estado, el Gobierno omitió los parámetros exigidos por la Ley 278 de 1996, la cual obliga a considerar variables como la inflación, la productividad y el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB). En su lugar, el Ministerio de Trabajo basó el incremento en el concepto de «salario mínimo vital» promovido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sin embargo, este cálculo ha sido cuestionado por el tribunal al considerar que se fundamentó en datos desactualizados que no reflejan la realidad económica actual del país.
En la práctica, no hay ningún cambio, dado que el decreto transitorio expedido por el Gobierno tras la primera suspensión en febrero conserva el porcentaje del 23,7%. No obstante, el fallo ratifica que el Ejecutivo estaba en la obligación legal de sustentar el aumento bajo los pilares de estabilidad macroeconómica definidos por la legislación colombiana. El alto tribunal subrayó que se encuentra plenamente habilitado para exigir una nueva normativa que corrija los vacíos técnicos detectados, con el fin de evitar efectos económicos distorsionadores en el mercado laboral.
