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Casanare no olvida y exige la liberación inmediata de los líderes sociales de San Luis de Palenque: Gabriel Adelfo Riaño Prieto.

Hacer un pronunciamiento de rechazo, no es suficiente para denunciar el reprochable y oprobioso espectáculo que alimenta el morbo colectivo y busca, al mismo tiempo, generar pavor entre quienes reclamen el respeto, protección y garantía de sus derechos.

Me refiero a la captura de  Ferney Salcedo, Jesús Leal Salcedo, Eliecer Rincón Duarte, Jerónimo Salcedo Betancourt, Yulibet leal esposa de Ferney Salcedo, Miguel ángel Betancourt, Teresa Rincón y Carmen Iradia Salcedo, líderes y habitantes de las veredas de los Corregimientos de La Venturosa en San Luis de Palenque y El Convento en Trinidad, conocidos por haber asumido la vocería de las comunidades influenciadas por la explotación de hidrocarburos en el Bloque Cubiro a cargo de la Compañía Frontera Energy, en el marco de las movilizaciones populares que se dieron en años anteriores y comienzos de este año, quienes fueron capturados el pasado 27 de noviembre en un inusitado despliegue de la Fuerza Pública, sin que semejante espectáculo fura necesario.

 Para todo el mundo es claro, que estás personas no tienen problema alguno en presentarse ante la autoridad que los requiera, pues siempre han sido respetuosos de la Constitución, la Ley y las Instituciones. Este doloroso y agresivo suceso nos confronta como sociedad, nos indaga y nos cuestiona.  Incluidas su instituciones, empresas y comunidades.

¿Cómo podemos promover y confiar en los escenarios de dialogo o de concertación?, ¿cómo podemos pensarnos como sociedad desarrollada y democrática, si las instituciones encargadas de la seguridad y la justicia, no se esfuerzan por promover el reconocimiento de las comunidades y de establecer puentes de diálogo y conciliación en los conflictos sociales? Como sociedad democrática no podemos continuar persiguiendo a las comunidades y menos a los sectores vulnerables.

Es hora que la cacería de brujas y la inquisición culminen. La sociedad civil organizada, no es en ningún caso un grupo delincuencial, como tampoco las Juntas de Acción Comunal, muchísimo menos las reuniones de los vecinos son actos criminales, ni configuran bandas criminales.

Han señalado a los campesinos capturados como los miembros de una supuesta banda denominada “los Jinetes de Careto”, organización que no existe y cuya denominación fue dada por los miembros de la Fuerza Pública a los campesinos de la zona que protestaban desde el lomo de un caballo y por encontrarse en las proximidades del Pozo de Careto.

Ante semejante estigmatización, los miembros de la comunidad en solidaridad, han optado por reconocerse como parte de los mencionados “jinetes de Careto”, no obstante, son solamente campesinos que han querido encontrar una alternativa a la crítica situación que se encuentran viviendo, como resultado de los procesos de explotación de los pozos que instalaron en sus fincas.

Así, el grupo de detenidos son campesinos, jinetes, vaqueros todos de la zona, y no por andar a caballo pueden ser señalados, menos judicializados por ello, como tampoco deberían ser procesados por haber asumido la vocería de las movilizaciones de comienzos de año.

El reclamo de los derechos, no puede seguir siendo objeto de señalamientos amparados en acciones supuestamente subversivas, la cuales estarían afectando el interés de la mayoría y del orden institucional.

Lla-  no más. Los campesinos de esta región del país también son colombianos y sobre todo son una suerte de pueblos tribales, si bien son racialmente mestizos, son comunidades herederas de los pueblos indígenas que habitaban la zona y fueron formados por los españoles en la colonia, han tenido su propia cultura, su forma de vida, tradiciones y normas consuetudinarias, han sido y serán los custodios y los responsables de los saberes llaneros que se han establecido por encima del suelo.

Saberes y prácticas silbos pastoriles, que para el Estado Colombiano no están representando ningún valor importante a proteger, ni las comunidades representan una cultura a respetar, por ello, la explotación del territorio de estas comunidades no fue objeto de consulta previa y en todo caso, los derechos culturales y ancestrales de estas personas no fueron respetados ni reconocidos.

 Sería importante que se analizaran los efectos y consecuencias de las prácticas industriales que están afectando las dinámicas cotidianas, y se les viera desde la perspectiva de comunidades ancestrales que deben ser protegidas y no abandonadas a la valoración unilateral de impactos y adopción de medidas de mitigación por parte de las mismas empresas, quienes son las que definen cuales son las compensaciones a reconocer, dejándoles como única opción a las comunidades aceptar, o aceptar.

Las transformaciones del territorio son significativas y están afectando por tanto a la cultura. Toda acción que afecte el suelo y el subsuelo, afecta a las personas y su dinámica de vida. No se pueden continuar viendo y analizando por separado, somos unidad y así se deben analizar los cambios.

Lo ocurrido en el bloque Cubiro es muestra de los incumplimientos, de las incoherencias, incongruencias e inconsistencias en la implementación de las medidas de manejo de impacto ambiental y social, pues las comunidades de la zona han estado solicitando su cumplimiento, así hubiesen sido formuladas unilateralmente por la empresa y necesariamente aprobadas en la licencia otorgada por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, las cuales, recordemos, son de obligatorio cumplimiento.

Por ejemplo, dentro de las medidas que deben ser atendidas, se encuentra la protección de las fuentes de agua, el cuidado de la zona vegetal, regulación del tránsito de la vía, pues la movilización de las tractomulas, está afectando a las comunidades, así como no se observan las normas de vinculación de personal de la zona, ni se contratan bienes y servicios con las comunidades. Estas medidas no pueden ser letra muerta, lla-no más aprobación y construcción de normas que en nada cambian la dinámica de relacionamiento con las empresas.

¿Qué sentido tienen los PMA, los EIA, la licencia ambiental, el decreto 1668 o las cláusulas de cumplimiento de los contratos macros para la compra de bienes y servicios de lo local, regional y nacional en ese orden, si nada de eso cumple? ¿Qué sentido tiene solicitar a las comunidades que no ejerzan su derecho a la movilización y a la protesta social, cuando la institucionalidad envía un mensaje de negación del otro, donde la fuerza desmedida es el único exclusivo discurso?

¿Qué sentido tiene que desde la sociedad civil promovamos puntos de acuerdo y mecanismos de dialogo con las operadoras y empresas especializadas, cuándo las instituciones del Estado adoptan medidas de fuerza y de criminalización de los voceros de las comunidades?

¿De qué sirve que promovamos e insistamos y construyamos en relaciones amparadas en los argumentos y en la garantía del cumplimiento de derechos, cuando la judicialización es la primordial herramienta de dialogo que promueve la industria y lamentablemente el Estado respalda y justifica?

“Los Jinetes de Careto”

Por Gabriel Adelfo Riaño Prieto.

Abogado, defensor de derechos humanos.

Email: adelfito@hotmail.com

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